Vinculación entre derechos del autor, propiedad intelectual, comercio electrónico y la ética periodística.

La tecnología de la información ha incrementado las relaciones entre socios comerciales mediante el uso de las telecomunicaciones que se realizan en las empresas al igual que vendedores y compradores, para el comercio electrónico ha sido de suma importancia, ya que se trata de bienes y servicios para beneficio del público en general. Este es un medio rápido se puede decir que el comercio electrónico es una vía moderna para realizar negocios, es una forma de llevar a cabo sus actividades empresariales.

La Propiedad Intelectual, como disciplina jurídica, se divide en tres grandes áreas: El Derecho de Autor, el Derecho de Marcas y el Derecho de Patentes. Usualmente, se relaciona al Derecho de Autor con las obras de “Bellas Artes”, como pinturas y esculturas, el Derecho de Autor protege este tipo de creaciones, pero también protege las ilustraciones, los dibujos, los diseños, entre otras. Lo importante es que el Derecho de Autor no juzga sobre el nivel de elaboración estética y creativa de lo que constituye su objeto de protección. El valor no determina que la creación esté protegida. Basta su originalidad. Determinar cuál de éstas áreas de la Propiedad Intelectual es la que se aplica a un Diseño en particular, dependerá de las características específicas del Diseño de que se trate. A su vez, dependiendo de cuál sea el área de la Propiedad Intelectual la que se aplique a un Diseño específico, el alcance de la protección concedida puede llegar a ser muy diferente.

Con la aparición del comercio electrónico surgen nuevos problemas en los que se plantean cuestiones que van desde lo legal como el cobro de los impuestos, la protección de los derechos de propiedad intelectual, la protección de los consumidores en cuanto a publicidad no deseada como fraude, contenidos ilegales y uso abusivo de los datos personales. En lo que concierne la ética periodística intervienen directamente sobre qué medios utiliza como obtiene de primera mano la información, hasta que punto guarda fidelidad con las fuentes y como finalmente llega al público. El concepto de comunicador se trata de responsabilidad, que para el periodista opinar tiene que tener propiedad y conocimiento de causa, hay una ética profesional bien clara establecida en el código de ética del periodismo en el que están establecidas como faltas gravísimas la difamación y la injuria.

Estos puntos como lo son el derecho de autor, la propiedad intelectual, el comercio electrónico, y la ética del comunicador social tienen vinculación ya que para un buen proceso y ejercicio de las actividades se crea entre estos una semejanza, podemos observar cómo estos elementos son herramientas e instrumentos necesarios para lograr y alcanzar la legalidad en sus contrataciones, y la ética del periodista.

Referencias bibliográficas

www.monografias.com

www.wikipedia.comes.wikipedia.org/wiki/Propiedad intelectual

www.degerencia.com/tema/propiedad_intelectual

www.ucla.edu.ve/dac/investigacion/boletines/Boletin%20Abril/page4.html - 12k -